
El arbitraje es una alternativa procesal cuya legitimidad reside en la voluntad libremente expresada de las partes que eligen un cauce procesal privado más sencillo, rápido y flexible.
Para ser válido, la Ley de Arbitraje exige que ambas partes pacten el arbitraje previa y libremente, y que se comprometan a acatar la decisión del árbitro.
Ventajas
• Rapidez: Ahorro de tiempo, elección de fechas de audiencia, lugar de celebración.
Comparativamente es posible disponer de un arbitro y fijar una fecha de audiencia en cuestión de diez días, la totalidad del proceso arbitral desde iniciación hasta el laudo, es de unos pocos meses, en vez de algunos años.
• Económico: Ahorro sustancial de costas, frente a los procesos jurisdiccionales ordinarios.
• Sencillez Procesal: El reglamento de arbitraje garantiza los derechos fundamentales de las partes, huye de rígidos formalismos y facilita la resolución, pudiéndose elegir el número de árbitros.
• Imparcialidad: Todo arbitro que colabora con el CAE, esta obligado a manifestar su imparcialidad respecto a las partes y sus representantes.
• Confidencialidad: El arbitraje garantiza la privacidad de los asuntos. Ni el CAE, ni el árbitro divulgaran a terceros ningún dato relativo a su arbitraje.
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